En la época del relato, existía una clara y férrea línea de racismo, considerando a las personas negras como ciudadanos de segunda o tercera clase, por tanto la credibilidad de que gozaban era mínimo sino inexistente. Es así entonces que el imputado es doblemente juzgado, por la sociedad en un primer minuto que de antemano lo ve como culpable, y luego por el jurado, que se siente profundamente influenciado y presionado por la opinión pública al respecto. Creemos que ésta es una situación existente en nuestro país actualmente, sustentado en la mayoría de los casos por los medios de comunicación, que ante un suceso que revista caracteres de delito, se estigmatiza inmediatamente a la víctima y el victimario.
De una u otra forma los derechos de la víctima –que los medios de comunicación por lo general asocian con mujeres o menores- están por encima de los derechos del delincuente, y considerar esto último de manera diversa, deriva en no entregar el adecuado respeto a las víctimas.
Otra de las características, es que en el sistema víctima-delincuente lo que el último gane es lo que pierde la víctima, a esto el autor llama juego político de suma cero, y es político por los especiales intereses involucrados, debido a que en discurso político y muchas veces electoral las mayores propuestas giran en torno a un régimen de tolerancia cero frente a la delincuencia, entregando mayor protección a la víctima.
A su vez, la figura de la víctima ha logrado pleno protagonismo a nivel mediático, de tal forma que es recurrente el papel que ocupa en el escenario de la confección y desarrollo de políticas públicas, como también las discusiones legislativas que modifican las penas o establecen nuevos mecanismos para hacer frente al fenómeno del delito.
Hay un sentido de representación de la sociedad o un sentido colectivo del concepto en la figura de la víctima, hoy es el “otro” quien sufre el delito pero mañana podríamos ser nosotros, esto justificaría en gran medida el castigo que la sociedad en su conjunto quiere que tenga el delincuente, y la validación de las mínimas condiciones de vida y una posible y cada vez más escasa rehabilitación que existen en el sistema carcelario, por ejemplo en Chile.
En el relato contenido en la película no se aprecia observancia alguna a un procedimiento legalmente tramitado, más aún no se aplica el principio de inocencia contenido en nuestro ordenamiento a nivel constitucional e infra constitucional como un principio inspirador de la reforma procesal penal, hoy el imputado es precisamente a quién se le imputan cargos, y no es acusado hasta que efectivamente se llegue al proceso de acusación en su contra y no será culpable hasta que existe sentencia condenatoria.
El protagonista asume la defensa de éste cliente que para la sociedad es culpable desde antes de existir una sentencia que así lo declare, es también alguien que no goza de credibilidad por pertenecer a una minoría y por estar inserto en una sociedad profundamente racista. El abogado asume una posición moralmente correcta, aunque conoce las desventajas que esto le traerá, incluso a su familia, como es el caso de sus hijos quienes sufren humillaciones y burlas en su colegio. Hay detrás de ésta defensa un perjuicio social para el abogado y su entorno, pero sabe que aunque exista ésta presión social, lo correcto para él será emprender la defensa de éste imputado, realizar tal misión de la mejor forma posible en como en los hecho lo hizo.
Consideramos que el gran problema que tiene un abogado que defiende a un cliente impopular, es que tanto la moral como el actuar del cliente se confunden –esto solo a los ojos de la sociedad- , lo que consideramos debiese ser profundamente diferenciado, pues el abogado no responde solidariamente con el cliente por los hechos que el último cometió, su labor se centra y limita en defender de mejor manera posible y por empleo de medios lícitos, asegurar que durante el juicio se observen los mínimos del debido proceso.